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Términos y condiciones del servicio de seguros
Última actualización: septiembre de 2026
TÉRMINOS Y CONDICIONES PARTICULARES DEL SERVICIO DE INTERMEDIACIÓN EN SEGUROS PARA INMUEBLES CONTENIDOS EN LA PLATAFORMA.
1. NATURALEZA JURÍDICA DEL SERVICIO Y ARQUITECTURA REGULATORIA
Como parte de su oferta de valor para Usuarios con plan PRO, CazaRaíz.co pone a disposición, a través de la Plataforma, el acceso a un servicio de intermediación en seguros para inmuebles (en adelante, el "Servicio de Seguros"). Dicho servicio es prestado directa y exclusivamente por un agente de seguros persona natural (en adelante, el "Agente") cuya condición de intermediario puede verificarse ante la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) en el Sistema Único de Consulta de Intermediarios de Seguros (SUCIS), conforme al artículo 41 de la Ley 1328 de 2009, el Decreto 2555 de 2010 (Parte 2, Libro 31) y las normas que los modifiquen.
CazaRaíz.co actúa exclusivamente como canal tecnológico de presentación y contacto entre el Usuario y el Agente. CazaRaíz.co no es aseguradora, no es intermediario de seguros, no suscribe pólizas y no asume el riesgo asegurado. La responsabilidad de la intermediación, la asesoría al tomador y el cumplimiento de la normativa de la SFC recaen íntegramente sobre el Agente vinculado.
El Agente vinculado a la Plataforma es María Alejandra Lázaro Durán, persona natural identificada con cédula de ciudadanía N.° 1.018.431.176. Según la consulta al SUCIS practicada el 25 de septiembre de 2026, su tipo de vinculación es Agente de seguros, su estado de autorización es AUTORIZADO, la entidad que la reporta es HDI Seguros y su acreditación de idoneidad está vigente hasta el 2 de julio de 2029. Estos datos, junto con los ramos autorizados, se publican aquí y se actualizan cada vez que cambien. El Usuario no tiene que creerle a CazaRaíz: puede verificarlo por sí mismo, con ese número de documento, en el Sistema Único de Consulta de Intermediarios de Seguros (SUCIS) de la SFC: consultar en el SUCIS.
El Agente solo puede intermediar los ramos para los que está autorizada, que según el SUCIS son: hogar, incendio, terremoto, sustracción, responsabilidad civil, cumplimiento, manejo, lucro cesante, vidrios, corriente débil, transporte, navegación y casco, montaje y rotura de maquinaria, todo riesgo contratista, agropecuario, automóviles y SOAT. Los productos ofrecidos a través de la Plataforma se limitan a los relacionados con el inmueble: (a) seguro de arrendamiento (amparo de canon, daños al inmueble y responsabilidad civil del arrendatario); y (b) seguro de hogar (incendio, terremoto, daños por agua, sustracción y responsabilidad civil extracontractual).
La Plataforma no ofrece seguros de vida, incluido el seguro de vida deudor asociado a crédito hipotecario: no está dentro de los ramos autorizados del Agente. Si el Tomador necesita ese producto, debe acudir a un intermediario autorizado para el ramo de vida.
2. PARTES
Tomador / Asegurado: El Usuario titular del plan PRO que solicita a través de la Plataforma la asesoría y/o contratación de un producto de seguro (en adelante, el "Tomador").
Agente de Seguros (persona natural): María Alejandra Lázaro Durán, identificada con C.C. N.° 1.018.431.176, consultable en el SUCIS con ese mismo número, vinculada como agente de seguros a HDI Seguros. Es el único responsable de la intermediación, la asesoría y el cumplimiento regulatorio del Servicio de Seguros.
CazaRaíz.co (canal tecnológico): Plataforma digital que facilita el contacto entre el Tomador y el Agente, sin intervenir en la relación de intermediación ni asumir responsabilidad por la gestión del seguro o la atención de siniestros.
Aseguradora: Compañía de seguros vigilada por la SFC, identificada en cada cotización, que emite la póliza, asume el riesgo asegurado y es la única obligada al pago de la indemnización en caso de siniestro.
3. ROL Y LIMITACIONES DE CAZARAÍZ EN EL SERVICIO DE SEGUROS
3.1 CazaRaíz.co, como canal tecnológico, se limita a:
Publicar en la Plataforma la información del Agente vinculado (nombre, número de cédula para consultarlo en el SUCIS, Aseguradoras aliadas, productos disponibles y canales de contacto directo).
Habilitar un módulo de cotización referencial que permite al Tomador conocer una estimación de prima antes de ser contactado por el Agente para la asesoría formal.
Facilitar el contacto directo entre el Tomador y el Agente mediante los canales habilitados en la Plataforma (formulario de solicitud, correo electrónico, WhatsApp).
Transmitir al Agente, con la autorización del Tomador, la información básica del inmueble capturada en la Plataforma (dirección, tipo, valor aproximado), para que el Agente inicie el proceso de declaración formal del riesgo.
Notificar al Tomador las fechas de vencimiento y renovación de las pólizas que el Agente haya registrado en la Plataforma, como servicio de recordatorio.
3.2 CazaRaíz no presta asesoría en seguros, no emite pólizas, no recibe primas en nombre de la Aseguradora, no representa a ninguna Aseguradora y no tiene facultades para comprometer a ninguna Aseguradora en la aceptación o condiciones de un riesgo.
3.3. Cualquier cotización mostrada en la Plataforma es meramente referencial e informativa. La cotización formal, vinculante y definitiva, con las condiciones reales de cobertura, exclusiones, deducibles y prima, será elaborada y comunicada al Tomador directamente por el Agente, quien actúa conforme a su deber de asesoría regulado por la SFC.
4. OBLIGACIONES DEL AGENTE VINCULADO
El Agente vinculado a la Plataforma, como intermediario de seguros responsable, se obliga a:
Mantener vigentes sus contratos de agencia con las Aseguradoras y actualizada su información en el SUCIS, e informar a CazaRaíz de inmediato cualquier novedad que afecte dichas habilitaciones.
Prestar al Tomador una asesoría independiente, objetiva e imparcial, orientada a identificar el producto de seguro más adecuado a su perfil y necesidad, conforme al artículo 5 de la Ley 1328 de 2009.
Instruir al Tomador sobre el deber de declaración veraz del estado del riesgo (artículo 1058 del Código de Comercio) y las consecuencias de la reticencia o inexactitud.
Entregar al Tomador, antes de la suscripción, la ficha técnica del producto, el clausulado general y particular, la información sobre el Defensor del Consumidor Financiero de la Aseguradora y los canales de reporte de siniestros.
Gestionar diligentemente la solicitud de vinculación del Tomador con la Aseguradora seleccionada y el envío de los documentos requeridos para la emisión de la póliza.
Mantener actualizada en la Plataforma la información de las pólizas contratadas a través de ella (vigencia, valor asegurado, Aseguradora), para efecto del servicio de recordatorio de vencimientos.
Apoyar al Tomador en el reporte inicial de siniestros ante la Aseguradora, sin tener la calidad de ajustador ni poder de comprometer a la Aseguradora en montos indemnizatorios.
Cumplir con las obligaciones del SARLAFT aplicables a agentes de seguros, incluyendo la verificación de identidad del Tomador y la consulta en listas restrictivas.
Guardar reserva y confidencialidad sobre la información del Tomador, conforme a la Ley 1581 de 2012 y al acuerdo de tratamiento de datos suscrito con CazaRaíz.
5. OBLIGACIONES DEL TOMADOR
El Tomador, al solicitar el Servicio de Seguros, se obliga a:
Suministrar al Agente información veraz, completa y actualizada sobre el estado del riesgo (características del inmueble, historial de siniestros, condiciones de ocupación, pólizas previas), conforme al artículo 1058 del Código de Comercio. La reticencia o inexactitud puede acarrear la nulidad relativa del contrato de seguro.
Pagar oportunamente la prima de seguro directamente a la Aseguradora o a través del mecanismo de recaudo habilitado por el Agente y la Aseguradora.
Notificar al Agente y/o a la Aseguradora cualquier agravación del riesgo durante la vigencia de la póliza (artículo 1060 del Código de Comercio).
Adoptar las medidas razonables para evitar la ocurrencia del siniestro y para mitigar sus efectos una vez producido (artículo 1074 del Código de Comercio).
Reportar el siniestro a la Aseguradora dentro del término del clausulado, conservando los documentos soporte (escritura, certificado de tradición, inventario de bienes, facturas) necesarios para la reclamación.
6. CONDICIONES DE ACCESO AL SERVICIO DE SEGUROS
El Servicio de Seguros está disponible para Usuarios con plan PRO activo y vigente. El acceso al Agente se habilita desde el módulo "Seguros" del panel de usuario PRO.
La solicitud de contacto con el Agente implica la autorización expresa del Tomador para que CazaRaíz transmita al Agente la información básica del inmueble capturada en la Plataforma, conforme a la Política de Tratamiento de Datos Personales.
La cancelación o vencimiento del plan PRO no extingue las pólizas de seguro ya contratadas directamente entre el Tomador y la Aseguradora. Dichas pólizas continuarán vigentes hasta su vencimiento o cancelación conforme al clausulado. El Agente continuará siendo el responsable del servicio posventa de esas pólizas con independencia del estado del plan PRO.
La aceptación final del riesgo, la emisión de la póliza y la fijación de la prima definitiva son decisiones exclusivas de la Aseguradora. Ni CazaRaíz ni el Agente garantizan la aceptación del riesgo.
7. REMUNERACIÓN DEL AGENTE Y TRANSPARENCIA
El Agente percibe de la Aseguradora una comisión de intermediación por cada póliza gestionada, conforme a las tarifas autorizadas por la SFC para agentes de seguros persona natural y al contrato de agencia suscrito entre el Agente y la Aseguradora. Dicha comisión está incluida en la prima total del seguro y no representa un cargo adicional al Tomador.
CazaRaíz.co podrá percibir del Agente una contraprestación por el servicio de canalización de clientes a través de la Plataforma (p. ej., porcentaje de la comisión del Agente o tarifa fija por lead cualificado), en los términos del acuerdo comercial suscrito entre CazaRaíz y el Agente. Esta contraprestación no genera costo adicional al Tomador.
A solicitud del Tomador, el Agente informará el monto de su comisión de intermediación en el producto específico cotizado, en cumplimiento del deber de transparencia de la Ley 1328 de 2009.
8. INFORMACIÓN PRECONTRACTUAL Y DEBER DE ASESORÍA DEL AGENTE
Antes de la suscripción de cualquier póliza, el Agente entregará al Tomador, de forma clara y comprensible:
Ficha técnica del producto: coberturas amparadas, exclusiones, condiciones de pago, deducibles y franquicias.
Clausulado general y particular de la póliza.
Nombre, NIT y datos de contacto de la Aseguradora emisora.
Identificación y datos del Defensor del Consumidor Financiero de la Aseguradora.
Canales oficiales de reporte de siniestros.
Información sobre el derecho de retracto y el procedimiento para ejercerlo.
Información sobre la identidad del Agente y la posibilidad de verificarlo por sí mismo en el SUCIS de la SFC.
9. DERECHO DE RETRACTO
9.1. El Tomador podrá ejercer el derecho de retracto dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de emisión de la póliza, notificando su decisión al Agente y a CazaRaíz mediante correo a seguros@cazaraiz.co, conforme al artículo 47 de la Ley 1480 de 2011 y las normas de la SFC sobre protección al consumidor financiero.
PARAGRAFO. En caso de retracto válido, la Aseguradora reembolsará la prima proporcional al período no consumido, descontando los gastos de expedición permitidos por la SFC. El retracto no procede cuando el siniestro haya ocurrido antes de su ejercicio o cuando el Tomador haya hecho uso de las coberturas.
10. ATENCIÓN DE SINIESTROS Y RESPONSABILIDAD
La obligación de indemnizar el siniestro corresponde exclusiva e íntegramente a la Aseguradora emisora, conforme a los artículos 1036 y siguientes del Código de Comercio y al clausulado de la póliza.
CazaRaíz.co no tiene ninguna responsabilidad en la atención, gestión o resolución de siniestros. Su participación se limita al servicio de canal tecnológico de contacto.
Si el Tomador considera que la Aseguradora ha resuelto incorrectamente su reclamación, puede acudir al Defensor del Consumidor Financiero de la Aseguradora y, en segunda instancia, a la SFC.
11. VIGENCIA, RENOVACIÓN Y CANCELACIÓN DE PÓLIZAS
La vigencia de cada póliza será la establecida en el clausulado (generalmente anual con posibilidad de pago mensual). El Agente notificará al Tomador con al menos treinta (30) días calendario de anticipación al vencimiento, para que decida sobre su renovación.
La cancelación anticipada por parte del Tomador se sujetará al clausulado y puede implicar penalidades o devolución proporcional de prima conforme a la regulación de la SFC. El Tomador debe solicitarla directamente al Agente y/o a la Aseguradora.
12. DERECHOS DEL CONSUMIDOR FINANCIERO (LEY 1328 DE 2009)
El Tomador, en su calidad de consumidor financiero, tiene derecho a:
Recibir del Agente información clara, veraz, suficiente, oportuna, verificable y comprensible sobre los productos de seguro ofrecidos.
Ser atendido de forma diligente, respetuosa y en igualdad de condiciones.
Presentar quejas ante el Agente o ante CazaRaíz (seguros@cazaraiz.co) y obtener respuesta dentro de los quince (15) días hábiles siguientes.
Acudir al Defensor del Consumidor Financiero de la Aseguradora cuando no esté satisfecho con la respuesta del Agente o de la Aseguradora.
Acudir a la SFC como autoridad de inspección, vigilancia y control.
Exigir al Agente que le informe su número de cédula —con el que puede consultarlo en el SUCIS— y las Aseguradoras con las que opera.
Que sus datos personales sean tratados conforme a la Ley 1581 de 2012.
13. PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS (SARLAFT)
El Agente implementará los controles del SARLAFT exigidos por la SFC para agentes de seguros persona natural, incluyendo la verificación de identidad del Tomador y la consulta en listas restrictivas nacionales e internacionales (OFAC, ONU, listas de la UIAF).
El Tomador autoriza al Agente para realizar dichas consultas como condición para acceder al Servicio de Seguros. El Agente podrá rechazar la prestación del servicio si el Tomador no supera los controles de debida diligencia, sin que ello genere responsabilidad para el Agente ni para CazaRaíz.
14. AUTORIDADES DE CONTROL Y SUPERVISIÓN
Superintendencia Financiera de Colombia (SFC): Cra. 7 No. 4-49, Bogotá D.C. | www.superfinanciera.gov.co | Línea gratuita: 01 8000 120100
Defensor del Consumidor Financiero de la Aseguradora: Identificado en el clausulado de cada póliza y en la página web de la Aseguradora.
Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF): www.uiaf.gov.co
Verificación del Agente: Sistema Único de Consulta de Intermediarios de Seguros (SUCIS) — https://www.superfinanciera.gov.co/SUCISWeb/faces/reporte/consultaSUCIS.xhtml. Se consulta con la cédula del Agente (1.018.431.176). Última consulta practicada por CazaRaíz: 25 de septiembre de 2026.
¿Preguntas sobre el servicio de seguros? seguros@cazaraiz.co
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